National Research Center for Parents with Disabilities

Representación en disputas de custodia y visitas para padres con discapacidades: Diez consejos para abogados

A young boy plays behind his father who is using a wheelchair

Un número creciente de personas con discapacidad están convirtiéndose en padres y lamentablemente, muchas sufren discriminación. De hecho, los padres con discapacidades tienen menos probabilidad de que se les conceda la custodia o el derecho de visitar a sus hijos.[1] Los abogados desempeñan un papel fundamental para asegurar que los padres con discapacidades y sus hijos reciban un trato justo y tengan la oportunidad de prosperar. A continuación, presentamos diez consejos para abogados para asegurar que se respeten los derechos de estas familias.

1. Evaluar a cada cliente para ver si tiene una discapacidad

Los padres con discapacidades enfrentan una discriminación significativa, específicamente en el sistema de derecho de familia. De hecho, los padres con discapacidades tienen un riesgo mayor de perder la custodia y las visitas durante el proceso de divorcio. [2] Dada la alta incidencia de discapacidad parental en estos asuntos, es razonable que muchos clientes tengan una discapacidad de fondo (y que algunos tal vez no lo sepan). Por lo tanto, es crítico evaluar a cada cliente para ver si tiene una discapacidad. Para ello, puede hacer preguntas tales como “¿Alguna vez ha recibido SSI o SSDI?” “¿Recibió asistencia adicional cuando estaba en la escuela?” “¿Tiene alguna dificultad para leer o hacer cuentas?” “¿Tiene dificultad para recordar cosas?” “¿Alguna vez ha visto a un terapeuta o ha tomado medicamentos para la depresión o la ansiedad?” “¿Tiene problemas para caminar o levantar objetos pesados?” La identificación temprana de la discapacidad de un cliente es importante para asegurar que se le brinden ciertas protecciones y derechos. Cabe destacar que algunos padres pueden resistirse a identificarse como discapacitados, y esta es una conversación que usted debe tener con su cliente. Revelar una discapacidad implica protecciones, pero también sesgos o prejuicios significativos sobre las habilidades de los padres. La decisión de revelar una discapacidad es una elección personal. Sin embargo, aun si su cliente decide no revelarlo, es importante que usted lo sepa porque el otro padre y su abogado podrían plantear inquietudes sobre la discapacidad y usted tiene que estar preparado para responder al problema.

2. Conectar al padre o la madre con los servicios de discapacidad apropiados

Es importante que los padres con discapacidades estén conectados con servicios de apoyo adecuados para discapacitados. Por ejemplo, los clubs o centros de vida independiente locales pueden ayudar a los padres con discapacidades con la vivienda, el empleo, el transporte, los servicios de un asistente personal y a obtener beneficios financieros o de salud. La mayoría de los estados también tienen servicios para personas sordas o con problemas de audición, con ceguera o visión baja o con discapacidades intelectuales. Además, muchos estados ofrecen servicios de salud mental y de apoyo de pares a las personas con discapacidades psiquiátricas. Asegurar que su cliente cuente con apoyos adecuados le ayudará mucho a demostrar que puede cuidar a sus propios hijos.

3. Asegure que al padre o la madre se le haga una evaluación de crianza accesible

Las evaluaciones de los padres suelen ser el factor decisivo en las disputas de custodia y visitas. Por eso, los padres con discapacidades deben ser evaluados por alguien informado y competente para evaluar a personas con discapacidades. Asegúrese de preguntar sobre la experiencia específica del evaluador con padres con discapacidades y sobre su conocimiento de las Pautas para la evaluación de personas con discapacidades y la intervención de la Asociación Estadounidense de Psicología. Además, las evaluaciones de los padres deben ser totalmente accesibles, se deben hacer en su entorno natural (es decir, en su hogar) y no se deben basar en el diagnóstico ni en el coeficiente intelectual. Como se explicó en No. 5, los evaluadores de los padres deben cumplir con la Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés), lo cual incluye ofrecer adaptaciones y modificaciones razonables.

4. Asegure que su cliente tenga acceso a equipos y apoyos adaptativos adecuados para la crianza

El equipo de crianza (como cunas bajas, termómetros parlantes, instrucciones paso a paso y monitores de video para bebés) y los apoyos (como servicios de asistente personal, apoyo de pares e información para padres) adaptativos suelen ser muy útiles para los padres con discapacidades. No obstante, el equipo y los apoyos disponibles son escasos. Además, muchos padres tal vez no sepan que tales apoyos y equipo existen. Por eso es importante que hable con sus clientes con discapacidades para ver si tienen necesidades no satisfechas o si podrían beneficiarse con el uso de equipo o apoyos adaptativos para la crianza. También puede ser útil que se reúna con un terapeuta ocupacional para determinar el empleo de equipo de crianza adaptativo. Recuerde, usted querrá que sus clientes luzcan lo mejor posible y esto incluye asegurar que tengan todos los apoyos y el equipo que necesiten.

5. Comprenda la Ley ADA y cómo se puede usar para reforzar su caso

La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés) se debe considerar desde el principio en cada caso de padres con discapacidades. De hecho, mencione la Ley ADA de inmediato si cree que su cliente está siendo discriminado por su discapacidad. Aunque hay menos protecciones para disputas de custodia y visitas que las que hay para procedimientos de bienestar infantil, todavía hay casos notables en los que la ADA se aplica. Por ejemplo, el Título II exige que los juzgados sean accesibles para las personas con discapacidades.[3] Además, los evaluadores de padres tienen obligaciones según el Título III de la Ley ADA.[4] Si su cliente necesita una adaptación o modificación razonable o una ayuda auxiliar (como intérpretes de idioma de señas o ASL), usted debe presentarle una solicitud por escrito a la corte o al evaluador de los padres. Si estas solicitudes se violan, los abogados pueden ayudar a sus clientes a presentar quejas ante el el Departamento de Justicia de los Estados Unidos. Los abogados también deben ser conscientes de sus obligaciones legales. En otras palabras, deben ofrecerles adaptaciones y modificaciones razonables a sus clientes si es necesario.

6. Infórmese sobre la discapacidad de su cliente

Por más obvio que parezca, es fundamental comprender la discapacidad y cómo afecta al cliente y a sus hijos. Esto significa leer historiales médicos y escolares, investigar, y lo más importante, ¡hablar con el cliente! Cada persona es única y cada discapacidad es diferente.

7. Concéntrese en los puntos fuertes y las habilidades de su cliente como persona y como madre o padre

Recuerde, enfóquese en los puntos fuertes y las habilidades. Durante estos procedimientos, todos los demás van a hablar de lo que su cliente no puede hacer. Su trabajo como defensor es demostrar lo que sí puede hacer, específicamente en lo relacionado con la crianza de los hijos.

8. Colabore con abogados especializados en los derechos de los discapacitados

No se espera que un abogado de derecho familiar sepa todo sobre las leyes de discapacidad, de la misma manera que un abogado de derechos de las personas con discapacidad no puede saberlo todo acerca del derecho familiar. Por eso es importante que estos dos especialistas colaboren. Todos los estados tienen una organización de “Protección y defensa” con abogados especialistas en las leyes de discapacidad, y los abogados de derecho familiar deben cultivar relaciones con estos importantes grupos.

9. Comprenda cómo considera la discapacidad la norma de su estado sobre el interés superior de una persona

En todos los estados, la discapacidad de los padres se puede considerar al decidir cuál es el interés superior de un niño para fines de custodia o visitas. En el caso de 1979 En relación con el casamiento de Carney, [5] la Corte Suprema de California sostuvo que la discapacidad de un padre no debe ser un factor en las determinaciones de custodia o de visita, pero otras cortes han emitido decisiones contradictorias. De hecho, la mayoría de los estados han hecho su propia lista de factores que se deben considerar al determinar cuál es el interés superior de un niño, y casi siempre incluyen la discapacidad o “salud” de los padres. Analice los estatutos y la jurisprudencia de su estado para comprender cómo han considerado la discapacidad los tribunales en su jurisdicción al determinar el interés superior de un niño en disputas de custodia y visitas. Es necesario que demuestre que la discapacidad de su cliente no es perjudicial para el bienestar del niño. Deberá comprender cómo se puede mitigar el impacto de las discapacidades de su cliente con los recursos y apoyos adecuados.
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10. Sea consciente de la posibilidad de violencia doméstica y experiencias traumáticas

Las mujeres con discapacidades tienen una probabilidad mucho mayor de experimentar violencia en la pareja que las mujeres no discapacitadas. Más aún, algunos padres con discapacidades han informado que se resisten a dejar a sus parejas abusivas porque temen discriminación en los procedimientos de custodia o visitas.[6] Los efectos de la violencia y el trauma pueden tener consecuencias a largo plazo. Además, las evaluaciones de los padres y las experiencias en la corte pueden volver a traumatizar a algunos clientes. Por lo tanto, es importante considerar si su cliente es un sobreviviente de violencia doméstica y su efecto en el caso actual. Es igualmente importante asegurar que su cliente tenga acceso a apoyos y servicios para la violencia y el trauma.



[1] National Council on Disability, Rocking the Cradle: Ensuring the Rights of Parents with Disabilities and Their Children (2012) [hereinafter Rocking the Cradle], available at http://www.ncd.gov/publications/2012/Sep272012.

[2] Robyn M. Powell Can Parents Lose Custody Simply because they are Disabled? 31 GP Solo 14 (2014), available at http://www.americanbar.org/publications/gp_solo/2014/march_april/can_parents_lose_custody_simply_because_they_are_disabled.html; Ella Callow et al., Parents with Disabilities in the United States: Prevalence, Perspectives, and a Proposal for Legislative Change to Protect the Right to Family in the Disability Community, 17 Tex. J. C.L. & C.R. 9 (2011).

[3] See 28 CFR 35, available at http://www.ada.gov/regs2010/titleII_2010/titleII_2010_regulations.htm; Tennessee v. Lane, 541 U.S. 509 (2004).

[5] 24 Cal. 3d 725, 157 Cal. Rptr. 383, 598 P.2d 36 (1979)

[6] Rocking the Cradle, supra 1 at 146.